La mediación es un método alternativo de resolución de conflictos, en el que las distintas partes llegan a un acuerdo común que beneficia a todos, con la ayuda de un tercero imparcial, el mediador.
La Mediación Civil y Mercantil es un método de resolución de controversias respaldado por el Ministerio de Justicia, que se recoge y regula según la legislación vigente:
Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Real Decreto por el que se desarrollan determinados aspectos de la ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
En el RDL 5/2012, se define la Mediación como “un método de resolución de controversias, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador profesional y neutral que facilite la resolución del conflicto por las propias partes, de forma equitativa, procurando la comunicación y el diálogo entre ellas a través de un proceso estructurado en el que utilizará diversas técnicas y estrategias que debe conocer; todo ello permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes y conservando el control sobre el final del conflicto.”








