NORMATIVA:
LEY OMNIBUS: Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Artículo 12. Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios.
PROCEDIMIENTO:
Mediante el siguiente enlace se podrán realizar notificaciones oficiales quedando debidamente registradas en nuestra base de datos de incidencias.
Es necesario indicar un correo electrónico para obtener un justificante de envio. En dicho justificante estará especificada, el motivo, la fecha y hora y la descripción de la incidencia comunicada, así como un código que el sistema asigna automáticamente para identificar la incidencia.Una vez resuelta su incidencia recibirá otro correo electrónico informándole de los detalles de su resolución.