El BOE nº 26, de 30 de enero de 2019, publica la Orden JUS/57/2019, de 22 de enero, por la que se crea el Foro para la Mediación. Tiene como finalidad institucionalizar la colaboración y fortalecer el diálogo permanente entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil en materias relacionadas con la mediación.
La mediación constituye un importante elemento cooperador con el orden jurisdiccional que, siendo plenamente compatible con el derecho a la tutela judicial efectiva, permite habilitar fórmulas alternativas de gestión de conflictos más rápidas y menos costosas en las que, adicionalmente, es más probable preservar las relaciones entre las partes. Al constituir un cauce complementario de resolución de conflictos, la mediación se configura como una fórmula válida y aceptada en el Estado de Derecho para promover la desjudicialización de determinados asuntos de Derecho privado que pueden tener solución al margen de la intervención judicial, lo que, además, redundará en una menor carga de trabajo de la Administración de Justicia.
En este contexto, se consideraba necesario contar con un foro de participación y diálogo con la sociedad civil, en el que se procure el debate y el intercambio de información con los diferentes sectores civiles y profesionales implicados en la actividad mediadora, y donde se canalicen las propuestas de cada uno de los sujetos relacionados con la mediación, al tiempo que se potencia ésta como institución complementaria de la
Administración de Justicia. Dicho foro centrará sus actividades en el desarrollo de la mediación en los ámbitos civil y mercantil fundamentalmente, sin perjuicio de que puedan ser objeto de estudio, dado el carácter abierto de las propuestas que se emitan, iniciativas relacionadas con otras ramas del ordenamiento jurídico, como la mediación contencioso-administrativa o la penal.
El Foro se constituye como un órgano colegiado y dependerá de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia, sin que sus acuerdos tengan efectos directos frente a terceros.
El Foro desarrollará las siguientes funciones:
a) Asesorar al Ministerio de Justicia en el diseño, desarrollo e implantación de mecanismos de mediación en el marco normativo español.
b) Contribuir a la evaluación y seguimiento en la aplicación de la normativa de mediación.
c) Efectuar propuestas en materia mediación, a iniciativa propia o a petición de los Departamentos ministeriales que así lo soliciten a la Presidencia del Foro.
d) Proponer medidas de educación que tengan como objetivo informar, orientar y sensibilizar a la sociedad sobre los valores de la mediación como método idóneo para la resolución de conflictos entre los ciudadanos.
e) Proponer medidas formativas, que redunden en la calidad de los servicios de mediación.
f) Impulsar la coordinación entre la iniciativa pública y privada en materia de mediación.
g) Aprobar, en su caso, su Reglamento interno de funcionamiento.
h) Potenciar el intercambio y la difusión de buenas prácticas de mediación.