¿Puede el coordinador de seguridad firmar el plan de seguridad y salud?
¿Quiénes tienen que firmar el acta de aprobación del plan de seguridad?
¿Se puede redactar un estudio básico de seguridad sin la existencia de un proyecto?
Si hay un único proyecto de ejecución y la obra se va a ejecutar en varias fases ¿se puede presentar un estudio de seguridad para cada fase?
PREGUNTA:
¿Puede el coordinador de seguridad firmar el plan de seguridad y salud?
RESPUESTA:
No, el plan de seguridad y salud será elaborado (y firmado por tanto) por el contratista y el coordinador en materia de seguridad y salud durante la coordinación de la obra deberá aprobarlo antes del inicio de la misma.
PREGUNTA:
¿Quiénes tienen que firmar el acta de aprobación del plan de seguridad?
RESPUESTA:
Deben firmarla contratista y coordinador de seguridad pero se recomienda que también la firme el promotor.
PREGUNTA:
¿Se puede redactar un estudio básico de seguridad sin la existencia de un proyecto?
RESPUESTA:
No, el estudio básico de seguridad y salud se tiene que elaborar en la fase de redacción del proyecto según el artículo 4 del Real Decreto 162711997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
PREGUNTA:
Si hay un único proyecto de ejecución y la obra se va a ejecutar en varias fases ¿se puede presentar un estudio de seguridad para cada fase?
RESPUESTA:
No, sólo se pude presentar uno. El estudio de seguridad y salud se tiene que ajustar al contenido del proyecto de ejecución.
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