El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que recoge dos modificaciones puntuales del R.D. 235/2013 por el que se regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
La primera modificación recoge la definición exacta del término “edificio de consumo de energía casi nulo”, con el fin de hacerla coincidir con las exigencias recogidas en la directiva europea 2010/31/UE.
La segunda modificación afecta a los edificios que están excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto, de forma que determinados edificios protegidos oficialmente, tendrán que contar ahora con un certificado de eficiencia energética.
El R.D. incluye además una disposición transitoria, centrada en la obtención del certificado y la obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios protegidos oficialmente.