LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA ARCHIVA EXPEDIENTE SANCIONADOR CONTRA EL COLEGIO DE APAREJADORES DE ALICANTE
Referente a una noticia publicada en Web colegial en 2011 titulada “¿está un ingeniero técnico industrial habilitado para emitir certificados de habitabilidad relativos a edificación destinada a vivienda?
Derivado del anuncio en nuestra Web colegial en julio de 2011 de la noticia titulada “¿está un ingeniero técnico industrial habilitado para emitir certificados de habitabilidad relativos a edificación destinada a vivienda?” el Colegio fue denunciado el 28/07/2014 por un Ingeniero Técnico Industrial ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado del Ministerio de Economía y Hacienda, incoándose expediente 28.1425 ante la Subsecretaría de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, actuaciones en las que formalizamos alegaciones y emisión de informe con fecha 23/09/2014.
Al siguiente 24/03/2015, el mismo Ingeniero Técnico Industrial reprodujo su denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia, y el Colegio formalizó respuesta y consideraciones por escrito del 04/06/2015, tramitándose expediente SAN 3/2015 ante la Comisión de Defensa de la Competencia de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana.
Con fecha del pasado 17 de diciembre hemos recibido de la indicada Administración, la resolución en la que se ha acordado “la no incoación de expediente sancionador y el archivo de actuaciones por considerar que no hay indicios de infracción”.
Contra esta resolución no cabe ningún recurso por vía administrativa, y únicamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Se adjunta copia de la antedicha Resolución donde se pormenoriza el contenido de las actuaciones y de lo acordado.
Documentación relacionada
Para descargar este PDF debes ser un colegiado.