En relación con las consultas que venimos recibiendo de colegiados sobre documentación que pueda acreditar la necesidad de desplazamiento en el caso de los autónomos, hay que señalar de entrada que el Real Decreto 463/2020 que establece el estado de alarma no prevé documentación acreditativa.
Ahora bien, consultado con nuestra asesoría, y ante el hecho de que las autoridades competentes están estableciendo controles, entendemos que sería aconsejable llevar una copia del último recibo pagado del RETA (autónomos) o de HNA-PREMAAT, así como, si se dispone de ello, el modelo 037 de alta en la actividad con el fin de acreditar la condición de profesional liberal cuya actividad requiere desplazamientos.
En cualquier caso, de surgir información respecto a esta cuestión, la pondremos de inmediato a vuestra disposición.