En la sesión celebrada en el Pleno del Senado el pasado 8 de junio, se ha aprobado, sin ningún voto en contra, la Ley de Calidad de la Arquitectura en idénticos términos de los aprobados previamente en el Congreso de los Diputados.
De esta forma, la aprobación es definitiva y su entrada en vigor se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE.
Se trata, como sabéis, de una Ley en cuya tramitación ha participado activamente el Consejo General, que abarca a todos los profesionales que intervienen en el proceso arquitectónico, entendido como el arte y la técnica de idear, diseñar, proyectar, construir, transformar y conservar, junto con la dirección y la ejecución de las obras correspondientes, edificios y espacios públicos para el desenvolvimiento de las actividades humanas.
Es la primera Ley estatal que tiene por objeto proteger, fomentar y difundir la calidad de la arquitectura, declarándola como bien de interés general, lo cual genera unas consecuencias muy positivas para la Arquitectura Técnica, reforzando tanto su carácter de profesión regulada de colegiación obligatoria, como la justificación de las reservas de actividad que tiene atribuidas legalmente. Cabe, a su vez, destacar la modificación de determinados preceptos en materia de contratación pública dirigidos a conseguir que las obras promovidas por la Administración se ajusten al principio de calidad contemplado en la Ley.
Asimismo, la norma incluye la creación de dos órganos fundamentales para alcanzar sus fines, como son la Casa de la Arquitectura y el Consejo de Calidad de la Arquitectura, que orientarán la actuación de los poderes públicos hacia esa necesaria calidad. Este último tendrá entre sus funciones ejercer labores de asesoramiento a órganos de contratación que así lo soliciten sobre la estimación de honorarios para la determinación de los presupuestos base de licitación de los contratos administrativos de servicios que tengan por objeto la redacción de proyectos de arquitectura y de los contratos de servicios complementarios a los contratos de obras promovidas por las Administraciones Públicas.
Podéis ampliar la información accediendo al enlace:
Tan pronto se publique la Ley en el BOE, se comunicará para vuestro conocimiento.