Plazos para declaraciones del TERCER trimestre 2017.
En la gestoría fiscal colegial el último día de presentación de documentación es el 5 de OCTUBRE de 2017.
OCTUBRE 2017
Día 20 de OCTUBRE de 2017
Se cumple el plazo de presentación de las declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y actividades profesionales correspondientes al 3º trimestre de 2017, modelo 111.
También se cumple el plazo de presentación de las declaraciones de los pagos fraccionados a cuenta de la Rentas correspondientes al 3º trimestre de 2017, modelo 130, donde los profesionales deberán hacer constar sus ingresos y gastos acumulados del ejercicio e ingresar el 20% del rendimiento neto resultante una vez minoradas las retenciones practicadas por los clientes y los pagos fraccionados de los trimestres anteriores. Y el plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el valor añadido del 3º trimestre de 2017, modelo 303, en el que se incluirán todos los IVAs devengados y los IVAs soportados del trimestre, así como la compensación del IVA del trimestre anterior.
Si las declaraciones se domicilian el último dia de pago oficial es el dia 15 de OCTUBRE de 2017.
SERVICIO GESTORÍA FISCAL COLEGIAL
Aquellos colegiados a los que el Colegio les realiza las gestiones fiscales, ha sido establecido un plazo tope para la presentación en el Colegio de sus documentos de ingresos y gastos profesionales correspondientes al 3º trimestre del ejercicio 2017, siendo la fecha tope el día 5 de OCTUBRE de 2017.
NOTA: Cabe recordar que el Colegio necesita un tiempo para grabar los documentos que los colegiados aportan, y debemos añadir que hasta el último dia de presentación (15 de octubre) tenemos unos dias festivos (9 y 12 de octubre) que no nos van a permitir adelantar trabajo. Aunque entendemos que damos poco plazo, requerimos encarecidamente al colegiado para que aporte sus documentos fiscales del trimestre antes de la fecha indicada (5 de octubre), al objeto de no tener problemas de grabación y presentación de sus declaraciones.
RECORDATORIO:
Cada colegiado de alta en el servicio de gestoría fiscal colegial, DEBERÁ ELEGIR PREVIAMENTE LA FORMA EN QUE QUIERE ABONAR SUS IMPUESTOS A HACIENDA EN ALGUNA DE ESTAS TRES MODALIDADES QUE SON:
- DOMICILIAR SUS PAGOS EN SU PROPIA CUENTA BANCARIA.
- SOLICITAR CÓDIGO NRC.
- SOLICITAR APLAZAMIENTO DE LA CANTIDAD A PAGAR
El colegiado que no elija previamente la forma por la que quiere abonar sus impuestos, se le asignará de oficio la modalidad de pago APLAZAMIENTO DE LA CANTIDAD A PAGAR (modalidad 3).
Ampliación de información respecto a las formas de pago de Impuestos en la gestoría fiscal colegial.
Se adjunta a continuación circular de comunicación del plazo fiscal para colegiados de alta en el servicio de gestoría fiscal